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A partir de mañana, las persona de 16 años podrán cambiar de sexo en el Registro Civil sin ningún requisito

  • La ley trans fue aprobada por el Congreso hace 15 días y contempla una serie de normativas en torno a la transexualidad

  • A partir de mañana, todas las personas de 16 años podrán cambiarse el nombre y el sexo sin requisito previo en el Registro Civil

  • Los menores entre 12 y 14 podrán cambiarse el sexo y nombre con consentimiento de los padres o tutores legales

La ley trans entró en vigencia hace 15 días dando luz verde a una serie de factores que se pondrán en rigor a partir del jueves 2 de marzo. En este plano, de mañana en adelante, los jóvenes que tengan 16 años podrán solicitar un cambio de sexo y nombre en el Registro Civil sin ningún requisito previo, solamente su deseo expreso de hacerlo.

El proceso de cambio tendrá una duración de cuatro meses. Una vez realizada la petición en el Registro Civil del cambio de sexo y nombre, la persona deberá ratificar su decisión durante los tres meses posteriores y la Administración contará con un mes más para hacerlo. Según Europa Press, el texto de la ley aprobado en el Congreso será publicado este miércoles 1 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y la ley comenzará a regir inmediatamente al día siguiente.

Para los casos contrarios, la ley avala que seis meses después que se solicitó el cambio de sexo, a la persona trans se le permitirá volver al sexo original si lo desea y en caso de querer cambiarlo por tercera vez, el caso pasará por un juez para evaluar un caso de fraude de ley. En este plano, la norma contempla que los funcionarios deberán explicar todo el proceso a las personas que lo soliciten, incluso la reversión.

Dicha ley modificará la anteriormente aprobada en 2007 que dictaminaba que el cambio en el Registro se debía llevar a cabo a los dos años de coronación y con la presentación de un diagnóstico médico de disforia de género.

La ley para los menores de 14 a 16 años

Según la misma normativa, las personas menores a 16 podrán hacer lo mismo pero se les pedirá el consentimiento de los padres o tutores para realizarlo y en caso de no obtenerlo, deberán pasar por un defensor judicial que dará una sentencia final. En este plano, los menores podrán cambiar de sexo con la autorización de un juez que analizará la madurez de la persona y si reúne los requisitos para hacerlo. A la vez, los menores de 12 años no podrán acudir al cambio de sexo registral pero sí podrán cambiarse el nombre para sentirse acordes con su identidad de sexo.

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